El hecho ocurrió en marzo del año pasado en la comuna de Los Lagos. Esta semana fue confirmada la sentencia a cumplir una pena de 9 años de presidio mayor en su grado mínimo dictada contra un hombre de 53 años, quien a fines de junio enfrentó un juicio oral en el que la Fiscalía […]
El hecho ocurrió en marzo del año pasado en la comuna de Los Lagos.
Esta semana fue confirmada la sentencia a cumplir una pena de 9 años de presidio mayor en su grado mínimo dictada contra un hombre de 53 años, quien a fines de junio enfrentó un juicio oral en el que la Fiscalía Local de Los Lagos acreditó su responsabilidad como autor material en el delito consumado de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultado de muerte de Yolanda Del Carmen Santana Benavides (40) y Delia Del Carmen Mezas Villanueva (44).
Durante el juicio oral, la fiscal jefa de Los Lagos, Claudia Baeza Espinoza, presentó pruebas testimoniales, periciales y documentales para demostrar ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia la responsabilidad del acusado José Armando Bejar Santis en este ilícito y esta semana la Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó que el condenado deberá cumplir la pena de 9 años de presidio dictada el pasado 7 de julio por el tribunal.
“El acusado estuvo representado en el juicio oral por la Defensoría Penal Pública, la que solicitó a la Corte de Apelaciones que se le reconociera la circunstancia modificatoria de responsabilidad penal de colaboración sustancial, ya que él declaró en el juicio oral reconociendo haber consumido alcohol, y en atención a esta circunstancia modificatoria que ellos invocaban se solicitó que se le impusiera el máximo de 5 años de pena privativa de libertad”, explicó la fiscal Claudia Baeza.
La fiscal del Ministerio Público agregó que la Corte de Apelaciones, al igual que el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia en su momento, sostuvo la tesis del Ministerio Público de que no se configuraba esta circunstancia modificatoria y por ello confirmó la sentencia.
Durante el juicio oral de esta causa, la Fiscalía acreditó que los hechos por los que Bejar Santis fue condenado ocurrieron a las 20:45 horas del 28 de marzo del año pasado, cuando el condenado conducía en estado de ebriedad, con una dosificación de 1,17 gramos de alcohol por litro de sangre, por la ruta 204 de la comuna de Los Lagos en dirección a la ciudad del mismo nombre, acompañado por ambas víctimas.
“Producto de la ingesta de alcohol del acusado y la disminución de sus facultades para poder conducir un vehículo, especialmente sus facultades perceptivas y reactivas, colisionó con la parte posterior de un bus que se encontraba estacionado a un costado de la ruta y producto de este impacto de alta energía fallecieron en el lugar las pasajeras del vehículo”, explicó la fiscal del Ministerio Público.
La Fiscalía Local de Los Lagos había solicitado en el juicio que el condenado fuera sentenciado a cumplir una pena de 10 años de presidio mayor en su grado mínimo, que es la sanción máxima que establece la Ley de Tránsito para este tipo de delitos.